Disposiciones Preliminares
Artículo 10
La composición pluricultural, multiétnica y plurilingüe de la Nación Mexicana implica el derecho de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos a proteger, mantener, expresar y desarrollar plenamente su identidad étnica y cultural en todos los aspectos, libres de todo intento de racismo, discriminación, asimilación, integración o destrucción.
También implica el deber del Estado de transformar y adaptar sus estructuras jurídicas, políticas, económicas y sociales, para garantizar la diversidad étnica, cultural y lingüística, en armonía con las instituciones y formas de gobierno de dichos Pueblos, a fin de alcanzar un régimen democrático plural y diverso.
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