Libro Segundo · De la Libre Determinación y Autonomía de los Pueblos Indígenas → Título Segundo · Del régimen constitucional de la autonomía indígena → Capítulo V · Propiedad comunal tradicional e integridad de las tierras, territorios, medio ambiente y recursos naturales → Sección Tercera
Artículo 116
Los asuntos relacionados con este régimen agrario serán regulados por lo establecido en la Constitución Federal, los tratados internacionales de los que México sea parte, la presente Ley y la Ley Agraria, respetando en todo momento los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas.
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