Libro Segundo · De la Libre Determinación y Autonomía de los Pueblos Indígenas → Título Segundo · Del régimen constitucional de la autonomía indígena → Capítulo VII · Lenguas indígenas
Artículo 169
Las lenguas indígenas o sus variantes con muy alto riesgo de desaparición recibirán una atención prioritaria y diferenciada en el diseño e implementación de acciones de revitalización, desarrollo y fortalecimiento que aseguren su mantenimiento y preservación. Para ello, los Pueblos y Comunidades Indígenas, en coordinación con las instancias competentes, podrán llevar a cabo las siguientes medidas:
I.Desarrollar acciones de investigación, registro y documentación lingüística, con la participación de los hablantes, para la creación de un banco de datos, así como formar y capacitar a personas de dichos Pueblos y Comunidades como lingüistas comunitarios para dichas labores;
II.Realizar acciones de revitalización lingüística con inmersión total de la niñez en espacios donde se habla la lengua indígena, teniendo a la oralidad como el principio básico para la transmisión intergeneracional;
III.Diseñar metodologías y estrategias pedagógicas y didácticas pertinentes, así como elaborar todo tipo de materiales educativos y de consulta, que permitan enseñar y aprender la lengua o variante correspondiente, con el propósito de formar nuevos hablantes;
IV.Financiar acciones para la documentación, revitalización, desarrollo y fortalecimiento de estas lenguas, con el fin de detener y revertir su pérdida;
V.Crear conciencia acerca del valor, uso y enseñanza de dichas lenguas y de la necesidad de transmitirlas en los espacios públicos y privados que correspondan, a través de campañas y acciones comunitarias, y
VI.Coordinarse con las instituciones relacionadas con la materia, así como académicas y de investigación, en particular la Universidad de las Lenguas Indígenas de México, a fin de desarrollar acciones conjuntas para su salvaguarda.
Aportaciones sobre este artículo
No se publicaron aportaciones sobre este artículo.
La recepción de aportaciones está cerrada
Tierra Humana A.C. decidió no remitir las aportaciones al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Durante el proceso advertimos inconsistencias en la forma en que se desarrolló la consulta con diversos pueblos y comunidades originarias, y consideramos que entregarlas en esas condiciones desvirtuaría el trabajo de quienes participaron.
En consecuencia, sus datos no fueron transferidos a ninguna autoridad. La recepción de aportaciones está cerrada. Las aportaciones publicadas permanecen aquí como memoria pública del ejercicio, y quien participó puede pedir el retiro de la suya en cualquier momento escribiendo a [email protected].
Qué significa para tus datos, en detalle: Aviso de Privacidad, sección 0.