Libro Cuarto · De los derechos de las mujeres, niñez, adolescencia y juventud indígena y afromexicana → Título Tercero · De los derechos de la niñez, adolescencia y juventud indígena y afromexicana → Capítulo III · Derecho a participar y ser escuchados
Artículo 292
Para garantizar el derecho de la niñez, adolescencia y juventud indígena y afromexicana a participar y sean escuchados en las instancias de toma de decisiones, los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en su carácter de sujetos de derecho público, cuentan con las siguientes facultades y obligaciones:
I.Impulsar su participación efectiva en los espacios de toma de decisión comunitario, municipal y regional, que sean de su interés, garantizando condiciones de inclusión y pertinencia cultural;
Asimismo, fortalecer espacios de diálogo que les permita expresar libremente sus necesidades y planteamientos sobre los asuntos de su interés o situaciones que viven dentro de su Comunidad y que dichas opiniones sean consideradas en las instancias de toma de decisión, y
II.Promover su representación efectiva en todos los ámbitos de la vida de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, de acuerdo con su edad y autonomía progresiva.
Aportaciones sobre este artículo
No se publicaron aportaciones sobre este artículo.
La recepción de aportaciones está cerrada
Tierra Humana A.C. decidió no remitir las aportaciones al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Durante el proceso advertimos inconsistencias en la forma en que se desarrolló la consulta con diversos pueblos y comunidades originarias, y consideramos que entregarlas en esas condiciones desvirtuaría el trabajo de quienes participaron.
En consecuencia, sus datos no fueron transferidos a ninguna autoridad. La recepción de aportaciones está cerrada. Las aportaciones publicadas permanecen aquí como memoria pública del ejercicio, y quien participó puede pedir el retiro de la suya en cualquier momento escribiendo a [email protected].
Qué significa para tus datos, en detalle: Aviso de Privacidad, sección 0.