Libro Sexto · De la Consulta y el Consentimiento libre, previo e informado → Título Segundo · Del Proceso de Consulta → Capítulo V · De los Terceros Interesados
Artículo 368
Las personas físicas o morales de carácter privado que promuevan y se beneficien de las medidas administrativas sometidas a consulta, tendrán el carácter de terceros interesados en los procesos de consulta y estarán obligados al pago del costo que implique la realización de dichos procesos.
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La recepción de aportaciones está cerrada
Tierra Humana A.C. decidió no remitir las aportaciones al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Durante el proceso advertimos inconsistencias en la forma en que se desarrolló la consulta con diversos pueblos y comunidades originarias, y consideramos que entregarlas en esas condiciones desvirtuaría el trabajo de quienes participaron.
En consecuencia, sus datos no fueron transferidos a ninguna autoridad. La recepción de aportaciones está cerrada. Las aportaciones publicadas permanecen aquí como memoria pública del ejercicio, y quien participó puede pedir el retiro de la suya en cualquier momento escribiendo a [email protected].
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