Libro Séptimo → Título Tercero → Capítulo I · Disposiciones Generales
Artículo 394
Para el correcto desempeño de las atribuciones que la presente Ley otorga al Poder Ejecutivo Federal, el Instituto, implementará las acciones que correspondan, en coordinación con las dependencias y entidades que integran la Administración Pública Federal y de los estados, de conformidad con las facultades que les confiere esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.
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