Libro Séptimo · De la distribución de competencias y coordinación de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México → Título Tercero · Marco institucional y políticas públicas del Estado Mexicano relativas a los Pueblos Indígenas y Afromexicanos → Capítulo IV · De la Comisión Presidencial para el reconocimiento, protección, preservación y salvaguarda de los lugares y sitios sagrados y las rutas de peregrinación de los pueblos indígenas
Artículo 398
Para cumplir con lo establecido en el artículo anterior, el Estado, a través de la Comisión Presidencial integrada por las dependencias y entidades de la Federación que correspondan, es responsable de coordinar acciones para la identificación, reconocimiento, protección, preservación y salvaguarda de los lugares y sitios sagrados y sus rutas de peregrinación.
Las atribuciones, organización y funcionamiento de esta Comisión se regirán por su Reglamento Interior y demás disposiciones jurídicas aplicables.
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