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Artículo 398
Para cumplir con lo establecido en el artículo anterior, el Estado, a través de la Comisión Presidencial integrada por las dependencias y entidades de la Federación que correspondan, es responsable de coordinar acciones para la identificación, reconocimiento, protección, preservación y salvaguarda de los lugares y sitios sagrados y sus rutas de peregrinación.
Las atribuciones, organización y funcionamiento de esta Comisión se regirán por su Reglamento Interior y demás disposiciones jurídicas aplicables.
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