Libro Séptimo · De la distribución de competencias y coordinación de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México → Título Cuarto · De los recursos públicos previstos en los presupuestos de egresos y su administración y ejercicio → Capítulo III · Del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos
Artículo 418
La Auditoría Superior de la Federación será el único órgano facultado para la fiscalización de los recursos públicos del Fondo, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
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