Libro Séptimo · De la distribución de competencias y coordinación de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México → Título Cuarto · De los recursos públicos previstos en los presupuestos de egresos y su administración y ejercicio → Capítulo IV · Mecanismos y procedimientos para la administración, ejercicio y rendición de cuentas de los recursos públicos
Artículo 422
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Instituto, en el ámbito de sus respectivas competencias, se coordinarán para dar seguimiento y evaluar los recursos federales previstos en el Anexo Transversal correspondiente, con perspectiva de derechos y pertinencia cultural en términos de lo establecido en la presente Ley y los lineamientos respectivos.
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