Libro Segundo · De la Libre Determinación y Autonomía de los Pueblos Indígenas → Título Segundo · Del régimen constitucional de la autonomía indígena → Capítulo I · Formas e instituciones de gobierno → Sección Primera · Disposiciones Generales
Artículo 43
Los Pueblos y Comunidades Indígenas tienen derecho a determinar sus estructuras políticas y a elegir la composición de sus instituciones en todos los ámbitos de ejercicio de la autonomía, de conformidad con sus principios, normas, procedimientos y mecanismos.
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