Libro Octavo → Título Cuarto · Del Juicio de amparo indígena y afromexicano
Artículo 449
Para acreditar el carácter de Pueblo o Comunidad indígena o Afromexicana podrán exhibir su constancia de registro en el Catálogo Nacional, Acta de Asamblea General Comunitaria o cualquier otro medio de prueba en el que conste su existencia e identidad colectiva.
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